Los usuarios interesados deberán de consignar el deposito descrito anteriormente antes de la finalización de la Subasta.
Solo una vez recibido el deposito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.
Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a info@gobid.es
Los usuarios que hayan participado a la Subasta, pero no se hayan adjudicado ningún bien recibirán su caución dentro de los 20 días hábiles siguientes a contar desde la conclusión de la subasta.
Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.
En este caso, la adjudicación será asignada al siguiente mejor postor que haya realizado una oferta igual o por encima del precio de reserva y que no haya pedido la devolución por adelantado del depósito caucional.
La venta de los bienes se realiza libre de cargas y gravámenes.
Si bien todos los, impuestos, arbitrios, tributos que sean legalmente aplicables relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores.
Adjudicación de los lotes
Al finaliza la subasta, en caso de oferta por debajo del precio de reserva, la adjudicación estará sujeta a aprobación.
Forma de pago
Todos los pagos tendrán que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicada en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).
Plazo de pago
El pago del precio de adjudicación de los lotes deberá de realizarse en el plazo de 10 días hábiles desde la comunicación de adjudicación.
El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 5 días hábiles desde la comunicación de adjudicación.
Transmisión de propiedad
La transmisión de propiedad de los bienes inmuebles tendrá lugar después o simultáneamente al pago del precio de adjudicación y de los gastos derivados de la compra, mediante escritura notarial, en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la adjudicación.
Condiciones para la retirada
En cualquier caso, la retirada debe completarse a más tardar en 30 días desde la confirmación de adjudicación provisional.
La retirada de los bienes por parte del adquirente solo podrá realizarse después del abono total de los pagos de los lotes adjudicados y de las comisiones sobre los mismos (Buyer’s Premium) a través de las modalidades establecidas por el Mandante.
El personal que realice el desmontaje de la maquinaria después de su venta, lo hará por cuenta y cargo de la parte compradora, quien velará por la seguridad de su personal, colaboradores o personal o de las subcontratas, siendo de su exclusiva responsabilidad todo lo concerniente a este aspecto, eximiendo a la vendedora y al Mandatario de cualquier obligación al respecto. Asimismo todos los gastos de desmontaje, retirada, reparación y transporte u aquellos otros que, en su caso, se devengan derivados de la compraventa de los activos, de su formalización o cuales quiera otros necesarios para la entrega de la posesión de los activos serán por cuenta de los compradores.
Los lotes que no se hayan retirados en el plazo establecido serán sujetos a una penalización diaria de 50,00 euros. En el supuesto de que el bien no sea retirado en los 30 días siguientes a contar desde el envío de la confirmación de adjudicación provisional, la venta se considerará resuelta y serán retenidos los importes abonados por parte del adjudicatario (Lotes adjudicados – Buyer’s Premium, gastos de gestión complementarios y eventuales cargas complementarias pagadas), a título de indemnización por el prejuicio causado.
GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL no tiene obligación de entregar ningún lote ni de organizar de ninguna manera la retirada y la entrega de los mismos.
Las operaciones de retirada deberán ser realizadas por el comprador en cumplimiento de las normas de seguridad vigentes que establece la ley; por tanto, estará obligado a realizar los ajustes necesarios incluso cuando se refiere a terceros y / o colaboradores empleados en la realización de las operaciones mencionadas.
El adjudicatario es responsable del eventual desmontaje, desplazamiento, carga y transporte de los lotes adjudicados y en caso de vehículos también de la transmisión de propiedad y de otros trámites que correspondan.
En cualquier caso, GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL no pondrá a disposición ningún lote antes de que se hayan abonado los pagos anteriores y, en el caso de bienes muebles registrados, antes de que se complete la transferencia de propiedad correspondiente.
Otras condiciones específicas
Buyer’s Premium: un cargo del 10,00% (más IVA del 22%, si fuera aplicable) del precio de adjudicación de cada lote, que será añadido a este.
El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 50 euros (más IVA del 22.00%, si fuera aplicable) por cada lote o combinación adjudicados (comisión mínima).
El pago de la comisión (Buyer’s Premium) será a cargo del adquirente o adjudicatario, sea o no éste el acreedor con privilegio especial.
Bienes afectos a créditos privilegiados
Se da opción al titular del crédito con privilegio especial de ceder la adjudicación que consiga.
En caso de que la oferta no alcance el precio de reserva pero sea aceptada por la Administración Concursal, la misma dará traslado al acreedor privilegiado de la oferta ganadora de la subasta, a efectos de que, en un plazo de 10 días habiles contados a partir de la notificación de la oferta, pueda prestar su conformidad con la misma o, por el contrario, presentar una oferta adicional. Si el acreedor privilegiado, dentro del plazo establecido presentase una mejora de la oferta ganadora de la subasta, la Administración Concursal acordará abrir licitación a través de la página web de
www.gobid.es entre los oferentes. Dicha subastilla, quedará limitada exclusivamente al que haya presentado la mejor oferta durante el periodo normal de licitación y al acreedor o acreedores con privilegio especial, o persona o personas designadas por estos últimos, y se llevará a efecto según las reglas y usos de la entidad encargada de la subasta, siendo el precio mínimo de venta el resultante de la mejor oferta recibida por el último mejor postor (el acreedor con privilegio especial o persona presentada por éste).
Concluida la subasta restringida, la Administración Concursal declarará aprobado el remate a favor del mejor postor.
El acreedor privilegiado una vez comunicado que mejore la oferta y se retractase posteriormente, del importe que hubiera de entregársele en pago del crédito privilegiado se deducirá el importe de la caución que hubiere debido entregar para la realización de la oferta de no tratarse de un acreedor privilegiado.
Si transcurrido el plazo otorgado el acreedor con privilegio especial no presentara mejor oferta o no comunicara expresamente su rechazo de la oferta, la Administración Concursal declarará aprobado el remate y se llevará a efecto la venta a favor del mejor postor, debiendo concurrir a la firma el acreedor con privilegio especial a los efectos de la cancelación de las de cargas registrales o de otra índole, y recepción del precio hasta el límite de su crédito privilegiado.
En caso de incumplimiento del acreedor con privilegio especial de la obligación prevista anteriormente, la cancelación del privilegio especial y demás cargas anteriores constituidas a favor de créditos concursales será acordada, en su caso, por el juez.
El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación ya sea a través de subasta, de presentación de oferta adicional a la mejor oferta recibida en la subasta o en subastilla, estará obligado al pago de los honorarios de la entidad especializada.
En el caso de que el Acreedor Privilegiado rechace la mejor oferta que no haya alcanzado el precio de reserva en el plazo concedido, la oferta no podrá ser adjudicada.
IVA: IVA del 21,00% del precio de venta, que será calculado sobre el precio de adjudicación de cada lote (si aplicable).
Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.
La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su sustitución jurídica. Es recomendable visitar los lotes en venta.
Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán de cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los gastos de retirada y transporte, eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.
En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que esta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.
Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.
Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objetos de la venta.
La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.
Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web.