TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS
Duración de la venta:
Inicio: vie 13/10/2023 horas 16:00
Finalización: lun 06/11/2023 horas 16:00
Condiciones de visita de los lotes:
Fechas de las visitas: no están previstas visitas.
Para recibir más información y detalles: comercial@gobid.es - tel +34.911.875.990
Depósito
Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito de
EUR 10.000,00
El depósito deberá de realizarse mediante:
Transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
BANCO DE SABADELL, S.A
IBAN : ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX
TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
Concepto: (número venta y número lote)
El depósito tendrá que estar abonado antes de la finalización de la recopilación de ofertas.
Solo una vez recibido el depósito la oferta será considerada valida y pasará al estudio de la Administración Concursal.
Para agilizar los trámites se recomienda enviar justificante de pago a info@gobid.es
Los usuarios que hayan participado en la recopilación de ofertas, pero no se hayan adjudicado ningún bien, recibirán su caución dentro de los 20 días habíles siguientes a contar desde la conclusión de la venta.
Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfeccionara la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.
Cargas
La enajenación se realizará libre de cargas y gravámenes (salvo en el supuesto de que el oferente haga la oferta subrogándose expresamente en la posición de la concursada en la hipoteca), a excepción de los derechos limitativos de dominio, las afecciones legales y cargas urbanísticas correspondientes.
Además, impuestos, arbitrios, tributos relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación.
En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación.
Igualmente, serán por cuenta del comprador los importes pendientes que pudieran existir en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles, cuotas de urbanización y gastos de comunidad y de aquellas tasas y todo tipo de gastos devengados y no satisfechos por la concursada que graven los bienes.
Los mandamientos de cancelación de cargas, únicamente se emitirán por el Juzgado, una vez se aporte por la Administración Concursal la acreditación de la efectiva transmisión de bienes, y, en caso de bienes sujetos a privilegio especial, el pago al acreedor privilegiado.
La Administración Concursal solicitará al Juzgado la cancelación de las cargas y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso, los gastos de ello derivados correrán a cargo del adquirente.
Modalidad de participación y adjudicación
La recopilación de ofertas se gestionará según las siguientes modalidades:
Para poder presentar oferta irrevocable de adquisición, el usuario deberá registrarse a la página www.gobid.es, añadiendo sus propios datos personales, solicitar la registración a la venta y aceptar sus términos y condiciones.
Además, la oferta de adquisición de la unidad productiva habrá de venir acompañada necesariamente de lo siguiente:
a) Identificación fehaciente del ofertante o de los poderes en caso de representar a terceros.
b) Plan de negocio y continuidad de la actividad empresarial.
c) Acreditar solvencia técnica. Información de medios humanos y técnicos con los que cuenta el adquirente y, en caso de existir, preacuerdos con terceros relevantes para la continuidad y viabilidad de la empresa (acuerdos con tour-operadores, suministradores, entidades financieras, etc.)
d) Acreditar solvencia económica. Eventuales avales y garantías aportadas para el buen fin de la operación: CCAA de los tres últimos ejercicios y certificado de estar al día en AEAT y TGSS así como certificado de fondos y solvencia de la entidad financiera con la que trabaje.
e) Indicación del precio de compra propuesto de la unidad productiva.
f) Incidencia de la oferta sobre los pasivos y sobre los trabajadores de la unidad productiva. Puestos de trabajo. La oferta habrá de indicar su posición respecto a la continuidad de los puestos de trabajo.
g) Compromiso de continuidad o reinicio de actividad durante dos años (ex art. 224.septies TRLC)
La administración concursal podrá pedir aclaración o precisión sobre cualquiera de los anteriores extremos, que, según su criterio, no quede suficientemente explícito en la oferta presentada.
Además, tendrá que presentar modelo oferta (publicado online) y enviarlo firmado, por aceptación de estas condiciones, a la dirección de correo electrónico: info@gobid.es junto con el justificante de transferencia del abono del depósito caucional y la oferta irrevocable de la Unidad Productiva.
La presentación del modelo oferta junto al abono del depósito caucional requerido, equivaldrá a la aceptación de las condiciones de utilización de la plataforma www.gobid.es, de las condiciones generales y específicas de la venta y de conformidad con toda la documentación anexa a la página de la venta.
Las ofertas irrevocables presentadas constituirán un compromiso formal de adquisición por parte del oferente.
Los datos incluidos en el momento de registrarse en la página de la subasta serán los mismos que se utilizarán para asignar adjudicación de la venta, de los lotes y de la propiedad de los mismos.
Las ofertas recibidas a la dirección de correo electrónico indicada serán estudiadas por el Mandante, que podrá, a su incuestionable juicio:
a. No aceptar ninguna de las ofertas presentadas.
b. Aceptar la que considera la mejor oferta de forma directa previo reconocimiento del buyer’s premium correspondiente al Mandatario
El Mandante se reserva, a su incuestionable juicio, la facultad de aceptar o no las ofertas irrevocables de adquisición presentadas por los oferentes. Ofertas consideradas insuficientes o inviables no serán aceptadas por el Mandante.
Advertencia: la Administración Concursal informará oportunamente al Juzgado al objeto de obtener el Auto judicial de adjudicación o autorización a la administración concursal para la enajenación si así fuera preciso.
Solo una vez aprobada la oferta por el Juzgado, se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos. En el caso de que el Juzgado no autorice la adjudicación de la Unidad Productiva a la mejor oferta presentada por la Administración Concursal, no se podrá proceder con la formalización de la venta, la oferta será anulada y se devolverá el depósito constituido.
Forma de pago
El pago del Buyer’s Premium tendrá que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicadas en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).
El adjudicatario provisional tendrá que consignar en la Cuenta de la concursada, que se indicará en el momento del envío de la confirmación de adjudicación, el precio total del remate más IVA (si es aplicable) en el plazo establecido. (véase condiciones generales).
Se prevé la posibilidad, previa autorización de la Administración Concursal, de abonar el precio del remate en el momento de la formalización de la venta ante notario.
Los eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos, tendrán que consignarse antes de la fecha establecida para la formalización de la venta. Una vez abonados todos los importes se procederá a la trasmisión de la propiedad a través de escritura notarial, según las modalidades establecidas por parte del Mandante.
Plazo de pago
El pago del precio de adjudicación deberá de realizarse en el plazo de 10 días naturales desde la comunicación de adjudicación o en el momento de la formalización de la venta ante notario (solo previa autorización del Mandante).
El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 5 días naturales desde la comunicación de adjudicación.
Transmisión de propiedad
La formalización de la venta de los bienes inmuebles se realizará, según lo que acuerde el Juzgado, a través de Auto judicial de adjudicación o autorización a la administración concursal para la enajenación a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administración Concursal. En cualquier caso la trasmisión se realizará solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer’s Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.
El Mandante se hará cargo, finalmente, de realizar petición al Secretario Judicial para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso que pesaran sobre los bienes transmitidos mediante el libramiento de los correspondientes mandamientos (salvo en el supuesto de que el oferente haga la oferta subrogándose expresamente en la posición de la concursada en la hipoteca). Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario en acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenidos a título de indemnización.
Otras condiciones específicas
Buyer's Premium:El oferente que resulte adjudicatario definitivo tendrá que abonar los honorarios de la entidad especializada que se fijan en: 7,00%, más IVA 21% (si fuera aplicable). Este será calculado con la suma del importe ofertado y el pasivo asumido en la oferta presentada para la adquisición de la Unidad Productiva.
El pago de la comisión (Buyer’s Premium) será a cargo del adquirente o adjudicatario, sea o no éste el acreedor con privilegio especial.
Impuestos de la Adjudicación: se aplicará el IVA o/y aquel impuesto que resulte aplicable según la normativa y el sujeto adjudicatario.
La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su sustitución jurídica. Además, quien presenta oferta lo hace aceptando las condiciones registrales y urbanísticas actuales. Es recomendable visitar los lotes en venta.
Por el mero hecho de presentar oferta de compra de la unidad productiva en sede de recopilación ofertas en la plataforma informática de GOBID ESPAÑA SL, tanto el ofertante como el adjudicatario declaran y aceptan conocer el estado de conservación de las instalaciones, la situación jurídica, urbanística, registral y administrativa de todos los inmuebles, la situación administrativa y jurídica de las licencias administrativas para el ejercicio de la actividad empresarial actual y de la marca comercial, el estado de conservación de las instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otro inmovilizado, elementos de transporte, equipos informáticos, mobiliario, o cualesquiera otros bienes muebles o inmuebles, el estado y la posible no recuperación de los derechos de crédito, préstamos, inversiones financieras, fianzas concedidas, la situación de saldo en las cuentas bancarias, el conocimiento de los contratos de arrendamiento financiero que se transmiten, y declara haber recibido toda la información necesaria para la manifestación de su oferta de modo voluntario, libre y con conocimiento profundo y amplio de todos los aspectos y circunstancias necesarios para formularla.
Para acceder a información adicional sobre la empresa, es necesario firmar previamente el NDA. Además, para acceder a cierta información considerada sensible será requerido el abono previo del deposito caucional.
Todos los gastos, impuestos, tasas, etc. que se ocasione a consecuencia de la enajenación habrá de ser asumido por el adjudicatario o adquirente, incluidos los gastos de retirada y transporte, eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.
Los adjudicatarios o compradores de cualquier lote o activo renuncian expresamente a cualquier reclamación por el estado del activo. A estos efectos se permitirá a los interesados que lo soliciten expresamente, la comprobación del estado de los activos incluidos en el Lote, los días que previamente sea fijados a tal efecto, una vez firmado el acuerdo de NDA. En ningún momento ni el Mandante ni GOBID ESPAÑA SL son responsables del buen funcionamiento, estado, ITVs, etc. de los lotes que componen el activo. A tal efecto su transmisión se efectuará como cuerpo cierto.
En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que ésta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.
Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.
Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objetos de la venta.
La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.
Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID ESPAÑA SL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web.
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