TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS
Duración de la subasta:
Inicio: lun 30/10/2023 horas 16:30
Finalización: mar 28/11/2023 horas 16:30
Condiciones de visita de los lotes:
Fechas de las visitas: con cita previa
Para reservar visitas y recibir más información y detalles: comercial@gobid.es - tel +34.911.875.990 (ES) tel +39 02 86882269 (ita)
Depósito
Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito de EUR 50,00.
El Lote 0 necesita un depósito de EUR 1.850,00
Los lotes 6 y 7 requieren el pago de un depósito específico indicado en las hojas de lote correspondientes.
El deposito deberá de realizarse mediante transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
BANCO DE SABADELL, S.A
IBAN : ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX
TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
Concepto: numero subasta y numero lote
Los usuarios interesados deberán de consignar el depósito descrito anteriormente antes de la finalización de la Subasta.
Solo una vez recibido el depósito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.
Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a info@gobid.es
Los usuarios que hayan participado a la Subasta, pero no se hayan adjudicado ningún bien, recibirán su caución dentro de los 20 días hábiles desde el pago del importe de adjudicación. En caso de que no haya adjudicación se devolverá dentro de los 20 días hábiles siguientes a contar desde la conclusión de la subasta
Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.
En este caso, la adjudicación será asignada al siguiente mejor postor que haya realizado una oferta igual o por encima del precio de reserva.
Cargas
La venta de los bienes se realiza libre de cargas y gravámenes.
Si bien todos los, impuestos, arbitrios, tributos que sean legalmente aplicables relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores.
Adjudicación de los lotes
La mejor oferta estará sujeta a aprobación por parte de la administración concursal.
En el caso de que la oferta no alcance el precio mínimo o de reserva, la adjudicación tendrá que ser aprobada por parte de la Administracion Concursal.
Advertencia: la Administración Concursal se reserva la posibilidad de comunicar la oferta ganadora al Juzgado para su aprobación. En este caso, solo una vez aprobada la oferta por el Juzgado, se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.
Forma de pago
Todos los pagos tendrán que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicadas en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta).
Transmisión de propiedad lote 7
La formalización de la venta se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administración Concursal, solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer’s Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.
La formalización deberá realizarse en un plazo máximo de 20 días desde el envío de la confirmación de adjudicación, siendo este plazo prorrogable solo por parte de la Administración Concursal.
El Mandante se hará cargo, finalmente, de realizar petición al Secretario Judicial para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso que pesaran sobre los bienes transmitidos mediante el libramiento de los correspondientes mandamientos. Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario en acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenidos a título de indemnización.
Clausulas Específicas Para el lote 7:
La Venta De Los Derechos De Crédito
El objeto de la liquidación es la plena titularidad de los créditos, subrogándose en la totalidad de los derechos derivados de la posición contractual que anteriormente ostentaba la concursada. Ello implica la subrogación jurídica en los procedimientos judiciales en tramitación. No se accederá a la pretensión (subrogación jurídica) cuando el deudor acredite que le competen derechos o defensas que, en relación con lo que sea objeto del juicio, solamente puede hacer valer contra la parte transmitente, o un derecho a reconvenir, o que pende una reconvención, o si el cambio de parte pudiera dificultar notoriamente su defensa. Todos los derechos de créditos se encuentran vencidos, sin que existan prestaciones recíprocas pendientes de cumplimiento. Toda vez que la norma de la liquidación implica la venta en bloque de los derechos de créditos (venta alzada o en globo), no resulta de aplicación el derecho de retracto del artículo 1535 del Código Civil.
En todo caso, deberá ser el oferente, quien deberá valorar a efectos reales, y previamente a la emisión de su oferta, las posibilidades de cobro, sopesando su valor probatorio para exigir el pago de la deuda al cliente deudor cedido. Valorada por el oferente la viabilidad del cobro de los créditos incluidos en la liquidación previamente a la adjudicación, una vez llevada ésta a cabo, el adjudicatario, en todo caso y ante cualquier circunstancia, exonera a la Administración Concursal y al Mandatario de cualquier responsabilidad presente o futura sobre el futuro pago de los derechos de crédito objeto de transmisión, debiendo asumir el cesionario íntegramente el riesgo de impago
En el supuesto de que el derecho de cobro esté siendo reclamado judicialmente cabe aclarar que se cederá acción y el adquirente se subrogará en la posición procesal de la concursada.
En todo caso, ni el estado o situación de los posibles créditos ni, en su caso, el posible resultado de los pleitos no tiene ninguna influencia sobre la subasta que se formaliza ni sobre la adjudicación del activo y no es justa causa ni puede ser argumento para que los ofertantes y/o adjudicatarios pretendan desistir, resolver y/o cancelar la subasta, la puja, la consignación ni la adjudicación, ni tampoco justificaría una petición de moderación del precio ofrecido.
En el caso de que durante el plazo en el que se está llevando a cabo la subasta, se produzca el pago de alguna cantidad por parte de algún deudor a la empresa concursada, dicha cantidad le corresponderá íntegramente a la empresa concursada, sin que el nuevo adjudicatario pueda reclamar todo o parte de dicho pago, realizado con anterioridad a la adjudicación.
Plazo de pago
El pago del precio de adjudicación de los lotes deberá de realizarse en el plazo de 10 días desde la comunicación de adjudicación.
El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 5 días desde la comunicación de adjudicación.
Condiciones para la retirada
En cualquier caso, la retirada debe completarse a más tardar en 20 días desde la confirmación de adjudicación provisional.
Con el objetivo de optimizar el servicio de retirada, GOBID ESPAÑA S.L, comunicará mediante correo electrónico a los adjudicatarios la fecha y el horario para poder proceder a la retirada de los lotes. Estas fechas también podrán indicarse en la página web de la subasta. En cualquier caso, GOBID ESPAÑA S.L se reserva el derecho de cambiar las fechas y horas indicadas para la recogida a su sola discreción.
En caso de que el adjudicatario tuviera que realizar la retirada en fechas adicionales a las que se ofrecen, tendrá que abonar una cantidad entre EUR 250,00 y EUR 350,00 más IVA por cada día añadido, en función de los bienes a retirar, como gastos adicionales.
Los adjudicatarios deberán respetar la fecha propuesta. En caso de que no pueda realizar la retirada en la fecha y horario comunicado podrán:
- previa aprobación, solicitar se admita la retirada durante el siguiente experimento, si está previsto.
- previa aprobación, realizar la retirada en días y horarios distintos a los inicialmente propuestos en la misma fase de venta, abonando una cuota ulterior de entre 250,00 euros y 350,00 euros más IVA por día añadido y persona necesaria para la asistencia, como gastos adicionales.
El incumplimiento de la fecha de retirada programada entre GOBID ESPAÑA S.L y el adjudicatario dará lugar a la aplicación de la sanción a este último de 350,00 euros si no hubiera notificado el anulamiento de la retirada al menos 48 horas antes de la cita, sin perjuicio de que, en todo caso, se deba pagar una indemnización por los daños a GOBID ESPAÑA S.L.
En el supuesto de que el bien no sea retirado dentro del plazo indicado, la venta se considerará resuelta y serán retenidos los importes abonados por parte del adjudicatario (Lotes adjudicados – Buyer’s Premium, gastos de gestión complementarios y eventuales cargas complementarias pagadas), a título de indemnización por el prejuicio causado.
GOBID ESPAÑA S.L no tiene obligación de entregar ningún lote ni de organizar de ninguna manera la retirada y la entrega de los mismos.
Las operaciones de retirada deberán ser realizadas por el comprador en cumplimiento de las normas de seguridad vigentes que establece la ley; por tanto, estará obligado a realizar los ajustes necesarios incluso cuando se refiere a terceros y / o colaboradores empleados en la realización de las operaciones mencionadas.
El adjudicatario es responsable del eventual desmontaje, desplazamiento, carga y transporte de los lotes adjudicados y en caso de vehículos también de la transmisión de propiedad y de otros trámites que correspondan.
En cualquier caso, GOBID ESPAÑA S.L no pondrá a disposición ningún lote antes de que se hayan abonado los pagos anteriores y, en el caso de bienes muebles registrados, antes de que se complete la transferencia de propiedad correspondiente.
Otras condiciones específicas
Buyer’s Premium: un cargo del 5,00% (más IVA del 21%, si fuera aplicable) del precio de adjudicación de cada lote, que será añadido a este.
El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 50 euros (más IVA del 21.00%, si fuera aplicable) por cada lote o combinación adjudicados (comisión mínima).
IVA: IVA del 21,00% del precio de venta, que será calculado sobre el precio de adjudicación de cada lote (si aplicable).
Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.
Ofertas por Lote Completo: En las subastas con opción de oferta por el lote completo (lote 0), será posible para los participantes realizar ofertas también sobre lotes individuales y/o combinaciones de lotes, pero las ofertas realizadas por el lote completo serán tratadas con preferencia. En el caso en que el importe de las ofertas vencedoras realizadas sobre los lotes individuales fuera mayor al lote completo, se someterá a la decisión de la Administración Concursal la posibilidad de proceder con la adjudicación de los lotes individuales o con el lote completo. En el caso de no recibirse ninguna oferta sobre el lote completo (Lote 0) se procederá con la adjudicación de los lotes individuales y/o combinaciones de lotes.
La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su sustitución jurídica. Es recomendable visitar los lotes en venta.
Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los gastos de retirada y transporte, eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.
En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que ésta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.
Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.
Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objetos de la venta.
La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.
Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID ESPAÑA SL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web.