25436: Naves y maquinaria avicolas en Telde - Juzgado mercantil n. 2 Palmas de Gran Canaria

TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS
 
Duración de la subasta:

Inicio: vie 20/12/2024 horas 16:30
Finalización: mié 15/01/2025 horas 16:30

Condiciones de visita de los lotes:

Fechas de las visitas: con cita previa

Para reservar visitas y recibir más información y detalles: comercial@gobid.es - tel +34.911.875.990 

Depósito

Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito especifico por cada lote. El importe se detalla en la ficha del lote correspondiente.

El deposito deberá de realizarse mediante transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
 
BANCO DE SABADELL, S.A
 
IBAN : ES24 0081 0682 4100 0189 4093
SWIFT/BIC: BSABESBBXXX
 
TITULAR: GOBID ESPAÑA S.L.
 
Concepto: numero subasta y numero lote
 

Los usuarios interesados deberán de consignar el depósito descrito anteriormente antes de la finalización de la Subasta.
Solo una vez recibido el depósito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.
Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a info@gobid.es 

Los usuarios que hayan participado a la Subasta, pero no se hayan adjudicado ningún bien, recibirán su caución dentro de los 20 días hábiles siguientes a contar desde la conclusión de la subasta.

Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.  En este caso, la adjudicación será asignada al siguiente mejor postor que haya realizado una oferta igual o por encima del precio de reserva.


Cargas

La venta de los bienes se realiza libre de cargas y gravámenes.
Si bien todos los, impuestos, arbitrios, tributos que sean legalmente aplicables relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y  a cargo de los adjudicatarios o compradores.

Además, impuestos, arbitrios, tributos relativos a la adjudicación y transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación. En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación. 
 
Los mandamientos de cancelación de cargas, únicamente se emitirán por el Juzgado, una vez se aporte por la Administración Concursal la acreditación de la efectiva transmisión de bienes, y, en caso de bienes sujetos a privilegio especial, el pago al acreedor privilegiado.  
 
Los gastos de cancelación de las cargas y anotaciones registrales correrán a cargo del adquirente.


Adjudicación de los lotes

Al finalizar la subasta, en caso de que la oferta ganadora de la subasta sea de importe igual o superior al precio de reserva se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.

En el caso de que la oferta no alcance el precio mínimo o de reserva, la adjudicación tendrá que ser aprobada por parte de la Administracion Concursal.

Advertencia: la Administración Concursal se reserva la posibilidad de comunicar la oferta ganadora al Juzgado para su aprobación. En este caso, solo una vez aprobada la oferta por el Juzgado, se enviará confirmación de adjudicación al mejor postor con las indicaciones para realizar los pagos en los plazos previstos.


Modalidad de participación

Para poder participar a la subasta, el usuario deberá registrarse a la página www.gobid.es, añadiendo sus propios datos personales, solicitar la registración a la subasta y aceptar sus términos y condiciones. 

Los datos incluidos en el momento de registrarse en la página de la subasta serán los mismos que se utilizarán para asignar adjudicación de la venta, de los lotes y de la propiedad de los mismos.
Todos los pagos requeridos, anteriores y posteriores a la venta, deberán de ser abonados por parte de los usuarios registrados. Eventuales poderes se tendrán en cuenta solo en caso de autorización del Mandante.

El usuario tendrá que ingresar el depósito requerido para la participación a la subasta en la cuenta bancaria especificada anteriormente.

El usuario tendrá que especificar el número de subasta y el número de lotes en los que quiere participar y enviar al mismo tiempo justificante de la trasferencia realizada a la dirección de correo electrónico info@gobid.es.

El deposito tendrá que ser obligatoriamente acreditado antes de la finalización de la subasta.

Además del depósito, el usuario para ser autorizado a la participación a la subasta tendrá que facilitar la documentación expresada a continuación mediante el envío a la dirección info@gobid.es

- SI PERSONA FISICA:
- copia de DNI valido de la persona a la que se adjudicará la transmisión de la propiedad del lote.
- si el oferente es cónyuge en régimen de bienes gananciales, deberá de facilitar también los datos del cónyuge, mediante el envío de la copia del DNI (documento no vinculante para la habilitación a la subasta, pero requerido en caso de adjudicación).

- SI EMPRESA O ENTIDAD:
- Copia de escritura de constitución de la Sociedad donde constan la constitución de la Sociedad y los poderes otorgados al oferente.
- Copia de DNI valido del administrador o legal representante
- Traducción jurada de la escritura de constitución, en el caso de que la empresa no sea española.
- Poder autorizado por notario, en el caso de participación mediante representante



Forma de pago   

Todos los pagos tendrán que realizarse enteramente mediante transferencia bancaria utilizando las cuentas comunicadas en el momento de la registración o juntos con la comunicación de adjudicación (véase condiciones generales de subasta). Se prevé la posibilidad, previa autorización de la Administración Concursal, de abonar el precio del remate en el momento de la formalización de la venta ante notario.


Plazo de pago

El pago del precio de adjudicación de los lotes deberá de realizarse en el plazo de 10 días desde la comunicación de adjudicación.
Se prevé la posibilidad, previa autorización de la Administración Concursal, de abonar el precio del remate en el momento de la formalización de la venta ante notario.

El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 5 días desde la comunicación de adjudicación.


Transmisión de propiedad
 
La formalización de la venta de los bienes inmuebles se realizará a través de escritura pública notarial según las condiciones establecidas por la Administracion Concursal, solo una vez abonados el precio de adjudicación y los honorarios (Buyer’s Premium) y demás gastos derivados de la compra, siendo todos los costes asumidos por el adjudicatario.

La formalización deberá realizarse en un plazo máximo de 20 días desde el envío de la confirmación de adjudicación, siendo este plazo prorrogable solo por parte de la Administración Concursal.

El Lote 1 está compuesto por fincas propiedad de una empresa en liquidación concursal y una finca propiedad de un particular. La formalización de la venta deberá realizarse con dos propietarios distintos. 

El Mandante se hará cargo, finalmente, de realizar petición al Secretario Judicial para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso que pesaran sobre los bienes transmitidos mediante el libramiento de los correspondientes mandamientos. Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
  
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario en acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenidos a título de indemnización.

Se establecen unos gastos de administración, asumidos íntegramente por el adjudicatario, destinados a cubrir el servicio de formalización de la venta, que será organizada por el Mandatario. Los gastos de administración tendrán un importe fijo que no podrá superar los 300€, el importe exacto se detalla en la ficha del lote correspondiente bajo el concepto "gastos de administración".

Condiciones para la retirada

En cualquier caso, la retirada debe completarse a más tardar en 20 días desde la confirmación de adjudicación provisional. 

Con el objetivo de optimizar el servicio de retirada, GOBID ESPAÑA S.L, comunicará mediante correo electrónico a los adjudicatarios la fecha y el horario para poder proceder a la retirada de los lotes. Estas fechas también podrán indicarse en la página web de la subasta. En cualquier caso, GOBID ESPAÑA S.L se reserva el derecho de cambiar las fechas y horas indicadas para la recogida a su sola discreción.
 
En caso de que el adjudicatario tuviera que realizar la retirada en fechas adicionales a las que se ofrecen, tendrá que abonar una cantidad entre EUR 250,00 y EUR 350,00 más IVA por cada día añadido, en función de los bienes a retirar, como gastos adicionales.
 
Los adjudicatarios deberán respetar la fecha propuesta. En caso de que no pueda realizar la retirada en la fecha y horario comunicado podrán:
 
- previa aprobación, solicitar se admita la retirada durante el siguiente experimento, si está previsto.
 
- previa aprobación, realizar la retirada en días y horarios distintos a los inicialmente propuestos en la misma fase de venta, abonando una cuota ulterior de entre 250,00 euros y 350,00 euros más IVA por día añadido y persona necesaria para la asistencia, como gastos adicionales.
 
El incumplimiento de la fecha de retirada programada entre GOBID ESPAÑA S.L y el adjudicatario dará lugar a la aplicación de la sanción a este último de 350,00 euros si no hubiera notificado el anulamiento de la retirada al menos 48 horas antes de la cita, sin perjuicio de que, en todo caso, se deba pagar una indemnización por los daños a GOBID ESPAÑA S.L.
 
Los lotes que no se hayan retirados en el plazo establecido serán sujetos a una penalización diaria de 50,00 euros. En el supuesto de que el bien no sea retirado en los 30 días siguientes a contar desde el último día previsto para la retirada, la venta se considerará resuelta y serán retenidos los importes abonados por parte del adjudicatario (Lotes adjudicados – Buyer’s Premium, gastos de gestión complementarios y eventuales cargas complementarias pagadas), a título de indemnización por el prejuicio causado. 
 
GOBID ESPAÑA S.L no tiene obligación de entregar ningún lote ni de organizar de ninguna manera la retirada y la entrega de los mismos. 
 
Las operaciones de retirada deberán ser realizadas por el comprador en cumplimiento de las normas de seguridad vigentes que establece la ley; por tanto, estará obligado a realizar los ajustes necesarios incluso cuando se refiere a terceros y / o colaboradores empleados en la realización de las operaciones mencionadas.
 
El adjudicatario es responsable del eventual desmontaje, desplazamiento, carga y transporte de los lotes adjudicados y en caso de vehículos también de la transmisión de propiedad y de otros trámites que correspondan.
 
En cualquier caso, GOBID ESPAÑA S.L no pondrá a disposición ningún lote antes de que se hayan abonado los pagos anteriores y, en el caso de bienes muebles registrados, antes de que se complete la transferencia de propiedad correspondiente.


Otras condiciones específicas

El importe de adjudicación correspondiente al lote 1 se distribuirá de la siguiente manera:
89,52% del importe será asignado al concurso.
10,48% del importe será asignado a la finca privada. 

Buyer’s Premium lote 0: El oferente que resulte adjudicatario definitivo tendrá que abonar los honorarios de la casa de subasta que se fijan en: 5,90% sobre el precio final de adjudicación, más IVA (si fuera aplicable).
 
Buyer’s Premium lote 1: El oferente que resulte adjudicatario definitivo tendrá que abonar los honorarios de la casa de subasta que se fijan en: 5% sobre el precio final de adjudicación, más IVA (si fuera aplicable).

Buyer’s Premium lote 2: un cargo del 10,00% (más IVA del 21%, si fuera aplicable) del precio de adjudicación de cada lote, que será añadido a este.

El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 500 euros (más IVA del 21.00%, si fuera aplicable) por cada lote o combinación adjudicados (comisión mínima). 

Bienes afectos a créditos privilegiados

Los acreedores con privilegio especial no tendrán la obligación de realizar la consignación del depósito.
 
Se da opción al titular del crédito con privilegio especial de ceder la adjudicación que consiga.
 
El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación, estará obligado al pago de los honorarios de la entidad especializada. 


Impuestos de la Adjudicación: se aplicará el IVA y/o aquel impuesto que resulte aplicable según la tipología del activo, la normativa y el sujeto adjudicatario.


Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.

Ofertas por Lote Completo: En las subastas con opción de oferta por el lote completo (lote 0), será posible para los participantes realizar ofertas también sobre lotes individuales. Una vez finalizada la subasta y analizadas las mejores ofertas recibidas, la Administración Concursal decidará si adjudicar los lotes individuales o el lote completo, a su incuestionable juicio.

La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su sustitución jurídica. Es recomendable visitar los lotes en venta.

Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los gastos de retirada y transporte, eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.

En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que ésta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.

Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.

Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objetos de la venta.

La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.

Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID ESPAÑA SL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web. 
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