7644: Edificio en La Palma - Tenerife - Juzgado de lo Mercantil n 1 de Santa Cruz de Tenerife

FASE DE SUBASTA PRIVADA

7644: Edificio en La Palma - Tenerife - Juzgado de lo Mercantil n 1 de Santa Cruz de Tenerife


Inmueble La Palma
 
TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICAS
 
Duración de la subasta:

Inicio: mar 14/01/2020 horas 15:00
Finalización: jue 16/01/2020 horas 15:00
 
Condiciones de visita de los lotes:

Fechas de las visitas: con cita previa

Para reservar visitas y recibir más información y detalles:
 
info@gobid.es - tel +34.611.40.96.87

info@gobid.it – tel +39.0737.782080

Depósito 

Para la participación a la Subasta es necesario abonar un depósito de EUR 20.000,00
 
El deposito deberá de realizarse mediante:
 
Transferencia bancaria en la cuenta expresada a continuación:
 
MONTE PASCHI DI SIENA SPA
Agenzia di Fabriano
 
IBAN : IT 43 K 01030 21100 000000414486
Swift/BIC: PASCITM1K07

Nombre beneficiario: GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL
 
Concepto: Subasta 7644
 
Los usuarios interesados deberán de consignar el deposito descrito anteriormente antes de la finalización de la Subasta.
Solo una vez recibido el deposito el usuario será autorizado a la participación de la Subasta.
Para agilizar la participación a la subasta se recomienda enviar justificante de pago a info@gobid.es
Los acreedores privilegiados relacionados con los bienes inmuebles en venta en esta subasta quedan exonerados de la consignación del depósito para participar en las pujas de aquellos lotes de los que poseen el crédito. Para participar en la subasta tendrán que enviar un correo indicando su posición y enviar la documentación requerida para la participación, excepto el justificante de pago del depósito. Los acreedores con privilegio especial podrán hacer posturas reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero y estarán obligados, en caso de adjudicación, al pago del Buyer’s Premium (honorarios casa de subasta) sobre el precio de adjudicación.
 
Los usuarios que hayan participado a la Subasta, pero no se hayan adjudicado ningún bien recibirán su caución dentro de los 20 días hábiles siguientes a contar desde la conclusión de la subasta, sin intereses.  
Si tras haber realizado el depósito y habiéndose adjudicado el lote en venta el oferente no perfecciona la adquisición mediante el pago del precio de venta y del Buyer’s Premium, dicha caución será retenida.  
En este caso, la adjudicación será atribuida al siguiente mejor postor que haya realizado una oferta igual o por encima del precio de reserva.

Cargas

La venta de los bienes se realiza libre de cargas y gravámenes.
Si bien todos los, impuestos, arbitrios, tributos que sean legalmente aplicables relativos a la adjudicación o venta o transmisión de cada activo serán por cuenta y a cargo de los adjudicatarios o compradores, asumiendo además los gastos notariales, registrales y cualesquiera otros relacionados con la enajenación. En ningún caso la sociedad concursada soportará cualquier tipo de gasto afecto a la enajenación. Igualmente, serán por cuenta del comprador los importes pendientes que pudieran existir en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles y de aquellas tasas y todo tipo de gastos devengados y no abonados que graven los bienes. Asimismo en garantía de la obligación del pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (plusvalía) que se devengue en su caso, el adjudicatario deberá depositar no más tarde de la fecha en la que se otorgue la escritura de compraventa o documento de transmisión de la titularidad, cheque bancario por el importe de la plusvalía a favor de la concursada.
 
 
Adjudicación de los lotes
 
Al finalizar la subasta, la mejor oferta tendrá que ser aprobada por la Administracion Concursal y los organismos del procedimiento.
 
En caso de que el acreedor privilegiado presente una oferta adicional, se procederá a realizar una subastilla privada a través de la página web del Mandatario, entre los oferentes. Dicha subastilla, limitada exclusivamente al que haya presentado la mejor oferta durante el periodo de subasta y al acreedor con privilegio especial, o persona/entidad designada por este último, se llevará a efecto según las reglas y usos del Mandatario, en común acuerdo con el Mandante, siendo el precio de salida la oferta adicional presentada por el acreedor privilegiado (o persona/entidad presentada por este). Al finalizar la subastilla se adjudicará el lote al mejor postor sin que el acreedor privilegiado puedan prestar su disconformidad con el resultado de la misma.
 
El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación ya sea a través de subasta, de presentación de oferta adicional a la mejor oferta recibida en la subasta o en subastilla, estará obligado al pago del Buyer’s Premium.

Modalidad de participación

Para poder participar a la subasta, el usuario deberá registrarse a la página www.gobid.es, añadiendo sus propios datos personales, solicitar la registración a la subasta y aceptar sus términos y condiciones. 
Los datos añadidos por parte del usuario en fase de registración a la página de la subasta serán los mismos a lo cual en caso de adjudicación se atribuirá la venta y a los cuales serán intestados los lotes. Todos los pagos requeridos, precedentes y sucesivos a la venta, deberán de ser realizados por parte de los usuarios registrados. Eventuales procuras o poderes podrán tenerse en cuenta solo en caso de autorización del Mandante.
El usuario tendrá que ingresar el deposito requerido para la participación a la subasta en la cuenta bancaria antes especificada. 
El usuario tendrá que especificar el número de subasta y el número de lotes por lo que esta intencionado a participar y enviar al mismo tiempo justificante de la trasferencia realizada a la dirección de correo electrónico info@gobid.es.
El deposito tendrá que ser obligatoriamente acreditado antes de la finalización de la subasta.
Además del depósito, el usuario para poder ser autorizado a la participación a la subasta tendrá que facilitar la documentación expresada a continuación mediante el envío a la dirección info@gobid.es
- SI PERSONA FISICA:
- copia de DNI valido del sujeto con lo que se realizará la transmisión de la propiedad del lote.
- si el oferente es conjugado en régimen legal de bienes, deberán de ser facilitados también los datos del cónyuge, mediante el envío de la copia del DNI (documento no vinculante para la habilitación a la subasta, pero requerido en el caso de adjudicación)
- SI EMPRESA O ENTIDAD:
- Certificado de vigencia en el cual resulta la constitución de la Sociedad y los poderes otorgados al oferente
- Copia de DNI valido del administrador o legal representante
- Traducción debidamente legalizada del certificado de vigencia, en el caso de que la empresa no sea española.
- Procura especial recibida o autenticada por notario, en el caso de participación mediante representante
 
El conjunto de las acciones de: consignación del depósito, formalización de la inscripción a la subasta – con aceptación expresa de las condiciones generales y específicas, publicada en la página web www.gobid.es – y envío por parte del usuario de toda la documentación requerida como antes especificado, se considerará equivalente a una oferta irrevocable de adquisición al precio fijado como base de la subasta por cada experimento de venta y constituirá un compromiso vinculante de adquisición por parte del usuario.
Dicha oferta será formalizada mediante puja online por parte del Mandatario por cuenta del usuario que, como primero, haya perfeccionado el procedimiento antes mencionado.
El Mandatario informará, en cualquiera de las modalidades, a todos los usuarios sobre el hecho de ser o no mejor postor en el momento de perfeccionamiento de la oferta irrevocable de adquisición antes citada.
 
Formulación de las mejoras
La oferta, formalizada por el primero oferente, podrá ser mejorada por pujas de importe mayor, realizadas por parte de cualquier usuario habilitado a la subasta.
El usuario que querrá resultar el mejor oferente (y adjudicatario provisorio), deberá de realizar la oferta más alta al finalizar la subasta on-line.
Obviamente, en el caso de que haya más participantes que realicen mejoras en la subasta, también el usuario reconocido como “primero oferente” podrá participar a la adjudicación de los lotes realizando mejoras sobre el precio actual.
Para poderse adjudicar el/los lote/s en venta, los usuarios serán invitados a mejorar el precio indicado en subasta (y, por tanto, a realizar por lo menos una mejora) según las modalidades indicada en las condiciones generales.
  
Forma de pago   
El pago del Buyer’s Premium deberá de ser efectuado utilizando la cuenta corriente bancaria indicada por el Mandatario.

El pago del Lote adjudicado deberá de realizarse a través de las modalidades indicadas por el MANDANTE.
 
Plazo de pago
El pago del precio de adjudicación de los lotes deberá de realizarse en el plazo de 30 días desde la comunicación de adjudicación y, en cualquier caso, no después de la fecha concretada para la transmisión de propiedad. (véase condiciones generales de subasta)
 
El pago del Buyer’s Premium deberá de realizarse en el plazo de 10 días desde la comunicación de adjudicación.
 
El pago de los gastos derivados de la compra, así como cualquier tipo de tasas o impuestos municipales y gastos de tramitación deberá de realizare en el plazo de 30 días desde la comunicación de adjudicación y, en cualquier caso, no después de la fecha concretada para la transmisión de propiedad. 
 
Transmisión de propiedad
 
La transmisión de propiedad será en el momento de la elevación a púbico de la adjudicación y una vez abonados el precio de adjudicación, las comisiones (Buyer´s Premium) y demás gastos derivados de la compra, mediante escritura notarial según las modalidades establecidas por el Mandante.
 
El Mandante se hará cargo de realizar petición al Secretario Judicial para que proceda al levantamiento de los embargos, cargas y anotaciones dimanantes del concurso que pesaran sobre los bienes transmitidos mediante el libramiento de los correspondientes mandamientos. Los costes de los eventuales levantamientos serán a cargo de los adjudicatarios.
 
Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos que resulten necesarios para su transmisión sin necesidad de declaración o intimación judicial expresa, el Mandatario en acuerdo con el Mandante, podrá tenerlo por desistido en su oferta de compra. El importe depositado a título de Buyer's Premium será perdido y retenidos a título de indemnización.

 
Otras condiciones específicas
 
Buyer’s Premium: un cargo del 6% (más IVA del 22%, si fuera aplicable) del precio de adjudicación de cada lote, que será añadido a este.
 
El Buyer’s Premium tendrá un importe mínimo de 3.000 euros (más IVA del 22.00%, si fuera aplicable).

El acreedor con privilegio especial, en caso de adjudicación ya sea a través de subasta, de presentación de oferta adicional a la mejor oferta recibida en la subasta o en subastilla, estará obligado al pago del Buyer’s Premium.

Impuestos de la Adjudicación: se aplicará el IGIC o/y aquel impuesto que resulte aplicable según la normativa y el sujeto adjudicatario.
 
Extra-Time: En el caso de que en los últimos 5 minutos algún usuario realice una puja, el plazo será ampliado por un período de 5 minutos más y volverá a iniciarse la cuenta regresiva y así hasta que no se realice ninguna oferta en los últimos 5 minutos de extra-time. En el caso de oferta máxima (proxy bid) los incrementos automáticos serán considerados válidos para la ampliación del plazo extra-time.
 
La venta de los bienes será realizada de conformidad con la situación en la que estos se encuentren, tanto en cuanto a su configuración física como su sustitución jurídica. Es recomendable visitar los lotes en venta.
 
Todos los gastos ocasionados por la enajenación serán de cuenta de la parte adjudicataria, incluidos los gastos de retirada y transporte, eventuales gastos de trasmisión de propiedad, escritura notarial y de eventuales cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquéllos.

Los adjudicatarios o compradores de cualquier lote o activo renuncian expresamente a cualquier reclamación por el estado del activo. A estos efectos se permitirá a los interesados que lo soliciten expresamente, la comprobación del estado de los activos incluidos en los Lotes, los días que previamente sea fijados a tal efecto. En ningún momento ni el Mandante ni GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP son responsables del buen funcionamiento, estado, ITVs, etc. de los lotes que componen el activo. A tal efecto su transmisión se efectuará como cuerpo cierto.  

En la venta no tiene lugar ningún tipo de garantía posterior a la venta por la no conformidad del bien, de forma que esta no podrá ser reclamada por ninguno de los adquirentes o interesados.
 
Por lo tanto, la existencia de eventuales daños o falta de calidad en los bienes vendidos no podrá dar lugar a ninguna acción extrajudicial ni judicial de indemnización o resarcimiento.
 
Queda excluida cualquier responsabilidad del Mandatario relativa a la existencia de derechos de terceros sobre los bienes objetos de la venta.
 
La venta se realiza con obligación por parte del comprador de asumir sus propios gastos y responsabilidad a efectos de comprobar su verdadera conformidad con el bien dispuesto a la venta.
 
Idioma
 
Queda excluida cualquiera responsabilidad de GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL derivada de errores o imprecisiones en la traducción de los textos y material publicados en la página web.

Gobid.it

Gobid.it is a registered trademark by: GOBID INTERNATIONAL AUCTION GROUP SRL

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