Alquiler de conjunto inmobiliario en Rocca D'Evandro (CE), Via Vandra 3
PRECIO BASE: € 30.000,00 (canone anual de € 30.000,00 a pagar en cuotas mensuales de euro 2.500,00, calculadas sobre este precio base) más cargos legales si corresponde
DEPÓSITO: € 3.000,00
PUJA MÍNIMA: € 2.000,00
Procedimiento competitivo para la identificación de sujetos interesados en el arrendamiento del conjunto inmobiliario descrito a continuación:
Edificio ubicado en el Municipio de Rocca d'Evandro en Via Vandra n. 3, registrado en el N.C.E.U. en la hoja 1, parcela 6046, sub 1, Categoría D/1 y sub 2, Categoría A/3, compuesto por:
- Nave con función de taller industrial, planta baja de 1.370,00 metros cuadrados, registrado catastralmente en la hoja 1, parcela 6046, sub 1, Categoría D 1, planta T 1, renta euro 8.522,00;
- Oficinas y vivienda del cuidador en el primer piso (hoja 1, parcela 6046, sub 1 - sub 2) del mencionado edificio con una superficie total de aproximadamente 330,00 metros cuadrados, 6,5 habitaciones, renta euro 386,05
Todo ello, incluyendo un área externa perteneciente de aproximadamente 3.600,00 metros cuadrados.
Los bienes se arriendan (y posteriormente se pondrán en venta) tal como se ven y gustan en el estado de hecho y de derecho en el que se encuentran, a cuerpo y no a medida, sin ninguna garantía de evicción, defectos, molestias y excluyendo cualquier responsabilidad por la posible existencia de cargas, gravámenes y derechos que puedan ser reclamados por terceros sobre los mismos bienes, falta o deficiencias de autorizaciones, u otros. La naturaleza judicial de la subasta excluye que la misma pueda impugnarse por vicios de la cosa, falta de calidad o conformidad, por la presencia de cargas de cualquier tipo y por cualquier motivo no considerado, incluso si no son ocultos o de ninguna manera evidenciados, que no podrán en ningún caso y bajo ninguna forma dar lugar a ningún tipo de compensación, eventual resolución, indemnización o reducción del precio. Cualquier ajuste de los bienes y del complejo empresarial a todas las normativas vigentes correrá a cargo exclusivo del arrendatario, quien asumirá cualquier gasto y carga al respecto, con exoneración del arrendador de cualquier responsabilidad al respecto.
El inmueble en cuestión se arrendará con los equipos, muebles y cualquier otra cosa resultante del inventario adjunto redactado por los Órganos del Procedimiento y por el secretario del Tribunal en el momento de la toma de posesión como resultado de la adjudicación y firma del contrato de arrendamiento.
El adjudicatario se compromete, desde ahora, a garantizar y asegurar la integridad total de los equipos y maquinaria presentes en el complejo empresarial objeto de arrendamiento, que deberán ser devueltos en las mismas condiciones y estado de hecho registrados en el inventario realizado en la fecha de toma de posesión, con excepción del deterioro normal derivado del paso del tiempo.
Estos equipos y maquinaria no deberán sufrir daños y/o perjuicios de ningún tipo, así como cualquier eventual carga y/o costo relacionado con el traslado y/o depósito de los bienes amovibles recaerá únicamente en el adjudicatario.
En ningún caso el adjudicatario podrá oponerse y/o obstaculizar la eventual venta en sede concursal de los bienes y equipos presentes en el local objeto de arrendamiento, lo cual no constituirá en ningún caso - a diferencia de la adjudicación del bien inmueble arrendado como resultado de la venta realizada en sede concursal - causa de resolución del contrato de arrendamiento en cuestión.
Para más información consultar el peritaje y la documentación adjunta.
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