Cesión de ramo de empresa con sede en Calliano (TN), vía Castel Beseno n. 22/B y n. 22/C, que tiene por objeto el ejercicio de la actividad de trabajos mecánicos, fabricación de elementos de construcción en metal, tratamiento y revestimiento de metales, mantenimientos mecánicos así como actividades conexas consistentes en la producción y comercialización de productos de trabajos mecánicos de precisión.
Más precisamente, la empresa proporciona servicios en el sector de los trabajos mecánicos de precisión en centros de trabajo CNC. Realiza trabajos de torneado y perforación según el diseño del cliente en el sector de las transmisiones mecánicas y en particular de las coronas epicicloides con dimensiones variables.
La cesión incluye los bienes instrumentales, los bienes inmateriales y el fondo de comercio, incluyendo n. 18 unidades de personal especializado, tal como se detalla mejor en los informes adjuntos.
El ramo de empresa será vendido de acuerdo con el párrafo 3 del 214 CCII, es decir, excluyendo la responsabilidad del comprador por las deudas relacionadas con el ejercicio del ramo de empresa cedido que surgieron antes de la transferencia.
Se hace presente que:
- el ramo de empresa está actualmente arrendado a terceros, en virtud de un contrato de arrendamiento de ramo de empresa y sucesivas integraciones, el cual será resuelto de derecho, incluso antes de la fecha de vencimiento natural, en caso de adjudicación del ramo de empresa. En tal caso, el Arrendatario estará obligado a entregar el ramo de empresa al que tenga derecho dentro de los 60 días siguientes a la falta de ejercicio del derecho de preferencia
- el adjudicatario, si lo considera oportuno y, en cualquier caso, previo consentimiento y según las modalidades y términos definidos por el Procedimiento y la sociedad de leasing involucrada, podrá solicitar el subrogación en el contrato de leasing financiero, así como en los contratos de alquiler/leasing operativo de los que se refiere el informe adjunto, asumiendo toda carga que ello conlleve.
- en caso de adjudicación, se reconoce a favor del arrendatario mencionado un derecho de preferencia para la compra, en igualdad de condiciones, el cual podrá ser ejercido por el mismo dentro de los 5 días a partir del término de la subasta.
- en caso de adjudicación, será exclusiva carga del adjudicatario activarse a efectos de la celebración de un contrato específico para el uso del inmueble en el que actualmente se lleva a cabo la actividad, inmueble de propiedad de terceros.